REFERENCIA APICE

REFERENCIA APICE

lunes, 6 de julio de 2026

La paradoja del refugio democrático

 


La paradoja del refugio democrático
El poder que combate las libertades termina invocándolas para protegerse

Existe una vieja enseñanza atribuida a los juristas romanos según la cual la grandeza de una civilización no se mide por la dureza con la que castiga a sus enemigos, sino por las garantías que les reconoce. Dos mil años después, esa máxima continúa siendo uno de los pilares de las democracias liberales. Sin embargo, también constituye una de sus mayores paradojas: el Estado de Derecho protege incluso a quienes, desde el ejercicio del poder, han contribuido a debilitar o negar esos mismos derechos en sus propios países.

El caso protagonizado por Delcy Rodríguez, representante del régimen venezolano y sometida a sanciones de la Unión Europea por su presunta implicación en la erosión de las instituciones democráticas y en vulneraciones de derechos fundamentales, constituye una extraordinaria oportunidad para reflexionar sobre una cuestión que trasciende el Derecho. No se trata únicamente de preguntarse si una persona sancionada puede acudir a los tribunales españoles, cuestión cuya respuesta jurídica resulta afirmativa, sino de comprender qué revela ese hecho acerca de la naturaleza moral de las democracias contemporáneas y de las profundas contradicciones que acompañan al ejercicio del poder político.

Desde una perspectiva filosófica, el episodio encierra una ironía casi socrática. Quien representa un sistema político ampliamente cuestionado por organismos internacionales por restringir libertades civiles, limitar el pluralismo político y reducir la independencia judicial recurre precisamente a la independencia de los tribunales españoles para proteger su propio derecho al honor. Es una escena que habría fascinado a pensadores como Sócrates, Immanuel Kant o Karl Popper, porque pone de manifiesto una de las tensiones esenciales de toda sociedad abierta: la democracia concede derechos incluso a quienes cuestionan o no practican esos mismos principios.

Lejos de constituir una debilidad, esta circunstancia representa una demostración de fortaleza institucional. El auténtico Estado de Derecho no distingue entre ciudadanos simpáticos o antipáticos, entre aliados o adversarios políticos, entre gobernantes democráticos o dirigentes sancionados internacionalmente. La justicia pierde su legitimidad desde el momento en que comienza a seleccionar quién merece protección y quién no. Si los derechos fundamentales fueran un privilegio reservado únicamente para quienes comparten los valores democráticos, dejarían inmediatamente de ser derechos para convertirse en concesiones políticas.

Sin embargo, esa conclusión jurídica no agota el análisis sociológico.

Toda sociedad produce símbolos. Y pocas imágenes resultan tan poderosas como la de una dirigente internacional, sometida a restricciones de entrada en el espacio Schengen por decisión de la Unión Europea, utilizando simultáneamente los mecanismos judiciales de uno de esos mismos Estados para defender su reputación frente a las declaraciones de un ciudadano español. La escena posee un enorme valor simbólico porque condensa las contradicciones de la globalización jurídica: las fronteras políticas pueden cerrarse, pero las instituciones jurídicas permanecen abiertas.

En realidad, este fenómeno responde a una transformación mucho más profunda del poder contemporáneo.

El filósofo francés Michel Foucault explicó que el poder moderno ya no se ejerce únicamente mediante la fuerza, sino mediante la capacidad de controlar los discursos. Hoy las grandes batallas políticas no siempre se libran en los parlamentos ni en los cuarteles; se desarrollan en los tribunales, en los medios de comunicación y en el espacio público. La reputación se ha convertido en un recurso estratégico tan valioso como el territorio o los recursos económicos.

Desde esa perspectiva, la eventual querella contra Víctor de Aldama trasciende la esfera estrictamente penal. Constituye también una disputa por el control del relato político. No se pretende únicamente obtener una eventual reparación judicial, sino disputar públicamente la credibilidad de unas afirmaciones realizadas en el contexto de una investigación por presunta corrupción. En las democracias avanzadas, la batalla por la verdad jurídica y la batalla por la legitimidad política suelen desarrollarse de forma simultánea.

Es aquí donde aparece otra de las grandes paradojas descritas por Max Weber. El Estado moderno reclama para sí el monopolio legítimo de la fuerza, pero ese monopolio únicamente puede mantenerse si la ciudadanía percibe que las instituciones actúan conforme a reglas impersonales. Cuando los tribunales admiten la demanda de una persona políticamente controvertida, no están validando su conducta; están demostrando precisamente que las reglas procesales se aplican con independencia de la identidad del litigante.

No obstante, la sociología también enseña que la legitimidad institucional depende tanto de la legalidad como de la percepción pública. Y es precisamente en ese terreno donde surgen las mayores dificultades.

Para una parte de la opinión pública resulta difícil aceptar que quien aparece sancionado por la Unión Europea pueda invocar la protección de los mismos sistemas jurídicos occidentales que cuestionan su actuación política. Esa sensación de incoherencia alimenta una creciente desconfianza hacia las instituciones y favorece la difusión de discursos simplificadores según los cuales las democracias serían incapaces de defenderse frente a quienes se aprovechan de sus propias garantías.

Sin embargo, semejante conclusión confunde deliberadamente justicia con revancha.

La democracia constitucional nunca prometió castigar preventivamente a quienes despiertan rechazo social. Prometió algo mucho más complejo: que nadie sería privado de sus derechos sin un procedimiento legal. Esa diferencia, aparentemente técnica, constituye el auténtico fundamento ético del constitucionalismo occidental.

La reflexión alcanza una dimensión aún más profunda cuando se observa el contexto material del litigio. Las declaraciones objeto de controversia se insertan en una investigación judicial por presunta corrupción relacionada con fondos públicos y con posibles mecanismos de financiación política. La sociedad contemporánea exige simultáneamente dos bienes que a menudo entran en tensión: proteger el honor individual y garantizar que quienes colaboran con la justicia puedan hacerlo sin temor a represalias procesales injustificadas. Esa tensión no admite soluciones absolutas; exige ponderación, prudencia y una justicia capaz de distinguir entre la crítica legítima, la denuncia fundada y la difamación.


No hay comentarios:

Publicar un comentario