REFERENCIA APICE

REFERENCIA APICE

sábado, 29 de agosto de 2026

El prodigioso arte de hacer desaparecer una ley que existe...

 


El prodigioso arte de hacer desaparecer una ley que existe

Hay una modalidad particularmente refinada de prestidigitación jurídica que no consiste en hacer desaparecer una norma, sino en conseguir que el ciudadano crea que nunca estuvo allí. Para ello no hacen falta chisteras, pañuelos ni conejos. Basta con pronunciar solemnemente dos palabras: «vacío normativo».

El procedimiento es sencillo y, precisamente por eso, extraordinariamente eficaz.

Primero se busca una norma que no exista. Después se señala su inexistencia con gravedad doctoral. Finalmente se invita al ciudadano, que bastante tiene ya con entender la declaración de la renta, el recibo de la luz y la letra pequeña de su hipoteca, a extraer una conclusión aparentemente irresistible: si no hay una norma específica que diga expresamente que esto está prohibido, entonces debe estar permitido.

Y aquí empieza la magia.

Porque el razonamiento tiene una pequeña dificultad: confunde que no exista una norma especial con que no exista ninguna norma.

El dictamen que nos ocupa identifica precisamente esta maniobra al examinar la tesis de que la ausencia de un estatuto jurídico específico para el cónyuge del Presidente del Gobierno produciría una especie de territorio jurídico virgen, una isla feliz en la que las normas generales dejarían de alcanzar a quien tuviera la fortuna —o la desgracia— de compartir domicilio con el poder. El documento califica esa construcción como una «laguna normativa aparente».

La operación tiene, además, una ventaja extraordinaria: permite presentar como argumento exculpatorio precisamente aquello que debería ser objeto de examen.

La República del «a mí no me lo han dicho»

Hay una regla bastante menos complicada que las fórmulas latinas que suelen adornar los dictámenes: las leyes no necesitan llamar personalmente a la puerta de cada ciudadano para existir.

El artículo 6.1 del Código Civil establece que «la ignorancia de las leyes no excusa de su cumplimiento». El dictamen recuerda esta regla y la conecta con el principio clásico ignorantia iuris non excusat.

Pero aquí conviene detenerse, porque el truco retórico consiste en deslizar una palabra hasta convertirla en otra.

No se dice exactamente: «desconocía la ley».

Se dice: «esa ley no existe».

Y, de pronto, el desconocimiento se convierte en inexistencia; la inexistencia, en libertad; y la libertad, por una alquimia argumental bastante notable, en ausencia de responsabilidad.

El ciudadano corriente contempla semejante pirueta y probablemente piensa: «¿Entonces, si no existe una norma que diga específicamente que mi vecino no puede entrar en mi casa vestido de astronauta y llevarse mi televisión, está permitido?».

Naturalmente, no.

Porque el Derecho no funciona como un catálogo de prohibiciones redactado para cada individuo, cada parentesco, cada profesión y cada combinación imaginable de circunstancias. Si así fuera, el Boletín Oficial del Estado tendría aproximadamente el tamaño de una galaxia y necesitaríamos una vida humana adicional solamente para consultar su índice.

El particular que se convirtió en argumento contra sí mismo

Pero la parte verdaderamente deliciosa de la construcción aparece cuando llegamos al artículo 429 del Código Penal.

Según el dictamen, dicho precepto contempla expresamente al particular que influye en un funcionario prevaliéndose de una situación derivada de su relación personal. Es decir, que la condición de particular no constituye necesariamente el agujero negro jurídico que algunos parecen querer convertir en ella: forma parte, precisamente, de la descripción del sujeto al que el precepto puede alcanzar.

Aquí el argumento defensivo, tal como lo presenta el dictamen, adquiere una cualidad casi literaria.

«Soy un particular».

Perfecto.

«Por tanto, esta norma que habla precisamente del particular no puede aplicárseme».

Ahí ya estamos ante una clase magistral de lógica circular.

Es como presentarse ante el portero de un edificio, escuchar que la lista de invitados comienza precisamente por «particulares» y responder indignado:

—Entonces yo no puedo entrar, porque soy particular.

La categoría que pretendía ser un escudo termina convirtiéndose en la puerta de entrada al problema jurídico.

El propio dictamen resume esta paradoja afirmando que la defensa no puede sostener simultáneamente la condición de particular y la inaplicabilidad del artículo 429 cuando ese mismo artículo utiliza expresamente la categoría de «particular» para definir al posible sujeto activo.

La ley que no regula a la esposa precisamente regula al marido

Hay otra sutileza particularmente interesante.

La defensa, si seguimos el planteamiento que recoge el dictamen, invocaría la inexistencia de una regulación específica de la cónyuge del Presidente del Gobierno.

Pero que una ley no diga: «Artículo 37 bis: comportamiento de la esposa del Presidente del Gobierno los martes por la mañana» no significa que el resto del ordenamiento quede en huelga.

El dictamen señala que la Ley 3/2015 obliga al alto cargo a abstenerse cuando el asunto pueda afectar a determinados intereses familiares, incluidos los del cónyuge.

Y aquí aparece una paradoja de cierta elegancia barroca.

La norma no necesita convertir a la esposa en funcionaria, alto cargo o autoridad.

Le basta con decirle al gobernante: si el asunto afecta a determinados intereses de tu cónyuge, debes apartarte.

Es decir, la existencia jurídica del cónyuge aparece precisamente porque el Derecho ha previsto que pueda existir un interés suyo relevante para la actuación del gobernante.

No hace falta que el Código Civil proclame solemnemente:

«Queda prohibido aprovecharse indebidamente de la proximidad al poder».

El ordenamiento jurídico está construido mediante normas que se cruzan, se complementan y se aplican a distintas personas según sus respectivas posiciones.

Pretender que cada conducta necesita su propia etiqueta nominal sería tanto como sostener que el Código Penal no prohíbe robar un piano de cola a las tres de la madrugada porque, al parecer, olvidó mencionar expresamente el piano.

El precedente que arruina la fiesta retórica

El dictamen invoca asimismo la sentencia del Tribunal Supremo de 12 de junio de 2018, relativa al caso Nóos, como precedente relevante para la interpretación del artículo 429. Su argumento es que el sujeto condenado por tráfico de influencias no necesitaba ostentar un cargo público, pues el elemento relevante podía proceder de una relación personal con quien sí ocupaba una posición de poder.

Aquí aparece la palabra que tanto suele inquietar al ciudadano cuando la escucha en una sentencia: prevalimiento.

No significa simplemente «ser famoso», «ser familiar» o «conocer a alguien importante». Es un concepto jurídico cuyo contenido debe acreditarse conforme a los elementos del tipo penal y a la prueba del caso.

Y precisamente por eso hay que evitar otra trampa: convertir un principio jurídico en una sentencia anticipada.

Que una determinada relación pueda ser jurídicamente relevante no significa que cualquier persona que posea esa relación sea automáticamente culpable de un delito.

Esta distinción es capital.

Porque una cosa es desmontar el sofisma del «no hay una ley especial para mí» y otra muy diferente afirmar que, por ese solo hecho, ya existe responsabilidad penal.

El Derecho penal no funciona por asociación familiar.

Y entonces aparece la ciudadanía

La parte más interesante de toda esta historia quizá no esté en los artículos, ni en las sentencias, ni siquiera en las estrategias procesales.

Está en el ciudadano.

Porque el ciudadano normal no tiene por qué saber qué significa prevalimiento, autoría mediata, cooperación necesaria, tipo penal, laguna normativa o principio de legalidad.

Y precisamente por eso resulta tan fácil impresionarlo con palabras que parecen contener una respuesta antes incluso de haber formulado correctamente la pregunta.

Se le dice:

«No existe regulación específica».

Y oye:

«No existe prohibición».

Se le dice:

«Es un particular».

Y oye:

«No puede ser responsable».

Se le dice:

«No ocupa un cargo público».

Y oye:

«El Derecho penal no puede alcanzarle».

El problema es que ninguna de esas equivalencias es jurídicamente automática.

El ciudadano no está obligado a conocer la arquitectura completa del ordenamiento. Pero sí tiene derecho a que nadie se aproveche de su desconocimiento para presentarle una conclusión jurídica como si fuera una consecuencia lógica inevitable.

El idioma como cortina de humo

Hay un viejo vicio de cierta literatura jurídica: escribir de manera tan solemne que el lector termine confundiendo dificultad con profundidad.

No siempre una frase complicada contiene una idea compleja.

A veces contiene simplemente una idea sencilla con demasiados sustantivos.

Y esto resulta especialmente peligroso cuando el Derecho penal entra en escena, porque la ciudadanía puede llegar a creer que una sucesión de expresiones latinas constituye una demostración.

Ignorantia iuris non excusat.

Magnífico.

Pero después hay que demostrar qué norma resulta aplicable, qué conducta se realizó, qué elementos exige el tipo penal, qué prueba existe y qué grado de intervención corresponde a cada persona.

El latín no condena a nadie.

Tampoco absuelve.

Como mucho, consigue que una afirmación discutible parezca haber sido pronunciada por un senador romano.

El verdadero «vacío»

Hay, finalmente, una ironía que merece ser conservada.

Quizá el auténtico vacío no esté en la legislación.

Quizá esté en el espacio que queda entre lo que la norma dice y lo que se consigue hacer creer que dice.

Porque el ordenamiento puede ser extraordinariamente complejo, pero hay una diferencia fundamental entre complejidad y ausencia de reglas.

El dictamen sostiene, en esencia, que la inexistencia de un estatuto específico para la cónyuge del Presidente no equivale a la inexistencia de obligaciones jurídicas generales y que el artículo 429 contempla precisamente la posibilidad de que un particular se prevalga de una relación personal con una autoridad.

Ahora bien, la conclusión jurídicamente responsable no debería ser «por tanto, hay condena».

Debería ser otra, mucho más sobria y mucho más incómoda:

la ausencia de una norma especial no decide por sí misma el caso.

Después vienen la tipicidad, la anti juridicidad, la culpabilidad, la prueba, la relación causal, el dolo o elemento subjetivo que corresponda y, en definitiva, todas las garantías que hacen que el Derecho penal sea Derecho y no una simple herramienta de indignación pública.

La ciudadanía merece algo mejor que dos equipos de retóricos lanzándose palabras como si fueran confeti.

Merece que alguien le diga, en castellano inteligible, dónde está la norma, qué conducta prohíbe, qué hechos han de probarse y qué consecuencias jurídicas se desprenden, o no, de ellos.

Porque si para explicar que una persona puede estar sometida a la ley necesitamos convencerla previamente de que «particular» significa «inmune», que «vacío» significa «permiso» y que una palabra latina equivale a una sentencia, entonces quizá el problema no sea que el ciudadano sea ignorante del Derecho.

Quizá el problema sea que alguien ha descubierto que, cuando el Derecho se pronuncia en voz suficientemente solemne, hasta una obviedad puede disfrazarse de misterio.

Y esa es una de las formas más antiguas de confundir a quien trabaja, paga impuestos y cumple las leyes: no ocultarle la norma, sino enterrarla bajo una montaña de palabras hasta que parezca que nunca estuvo allí.


miércoles, 26 de agosto de 2026

Ceuta: la crónica de una coincidencia exacta.

 


Ceuta: la crónica de una coincidencia exacta

Hay fechas que la historia parece elegir con demasiado esmero. El 30 de julio de 2026 es una de ellas. Aquella madrugada, decenas de miles de personas, el Ministerio del Interior habló de unas setenta y dos mil entre el día 30 y el 31, cruzaron a nado, bordeando espigones, o intentaron saltar la valla que separa Marruecos de Ceuta. Cuatro de ellas murieron en el intento. No fue la primera vez que el Estrecho ejercía de frontera líquida: en mayo de 2021 ya habíamos visto una escena parecida. Pero esta vez la escena llegaba rodeada de un contexto tan preciso, tan bien encajado en el calendario institucional español y europeo, que resulta difícil no detenerse a mirarlo con algo más que la simple curiosidad periodística.

Y sin embargo, conviene decirlo ya, al principio y no al final, para que nadie lea lo que sigue como una acusación disfrazada de literatura, no hay ninguna prueba de que alguien, desde algún despacho, decidiera fabricar aquella noche. Lo que hay es algo distinto y, en cierto modo, más inquietante: una sucesión de piezas que, vistas después, encajan con una pulcritud que ninguna casualidad debería tener del todo. El oficio de quien escribe sobre esto no consiste en resolver el enigma, sino en describirlo con la honestidad suficiente para que el lector construya su propio juicio. Ensayemos ese oficio.

El calendario, antes de la frontera

Todo empezó a fraguarse, si se me permite la palabra, mucho antes del verano. En abril, el Gobierno había puesto en marcha mediante Real Decreto una regularización extraordinaria de personas migrantes: la séptima desde que España tiene democracia, y probablemente la de mayor alcance, con varios cientos de miles de beneficiarios potenciales. El plazo para solicitarla, improrrogable, se cerraba el 30 de junio. Ocho días después, el 8 de julio, se hacía pública una sentencia del Tribunal Supremo, dictada en realidad el 29 de junio, que limitaba el llamado "rechazo en frontera" o "devolución en caliente": los agentes ya no podían aplicarlo, dictaminó la Sala, a quienes llegaban nadando por mar, sino solo a quienes intentaban saltar los elementos físicos de la valla. Era una sentencia técnica, acotada a un caso muy concreto de un ciudadano argelino interceptado años atrás. Pero las redes de tráfico de personas, según explicarían después el propio presidente del Gobierno y varios funcionarios, tergiversaron su alcance y lo convirtieron en un rumor con patas: quien llegara nadando ya no podía ser devuelto. Tres semanas más tarde, miles de jóvenes, muchos marroquíes, muchos menores de edad, probaban esa promesa en el agua.

¿Regularización, sentencia y frontera desbordada guardan relación causal? La proximidad de las fechas invita a pensarlo. Pero invita, no demuestra. Y aquí aparece la primera lección de todo este episodio: el calendario puede alinear preguntas sin que exista una mano que las haya alineado a propósito. La política del rumor, la desesperación de miles de jóvenes marroquíes, con una tasa de paro juvenil superior al treinta y siete por ciento, y la codicia de las mafias que trafican con esa desesperación bastan, por sí solas, para explicar buena parte de lo ocurrido sin necesidad de imaginar un plan.

Una arquitectura que ya existía

Lo que sí resulta innegable es que España no llegó a esa noche desnuda de instrumentos. Desde 2013 existe, dentro del Sistema de Seguridad Nacional, un Comité de Situación creado para coordinar a Presidencia del Gobierno, Interior, Guardia Civil, Policía, inteligencia y Defensa cuando una crisis se juzga suficientemente grave. La Ley de Seguridad Nacional de 2015 lo consolidó; una orden ministerial de 2018 detalló su funcionamiento. Es decir: el Estado disponía, sobre el papel, de un dispositivo capaz de activarse en cuestión de horas.

Y aquí es donde la realidad de estas últimas semanas desmiente, con una ironía casi cruel, la imagen de la maquinaria perfecta. Porque ese dispositivo no se activó en horas. Ni siquiera en días. El presidente de la ciudad autónoma, Juan Jesús Vivas, llevaba semanas pidiendo que Madrid declarase la emergencia nacional, "Ceuta está en la UCI", llegó a decir, y el Ministerio del Interior respondía que tal figura, pensada para catástrofes naturales, no era jurídicamente aplicable a una crisis migratoria. Los medios de verificación llegaron a recordar que, apenas un mes antes de nombrar a un responsable único, el propio Gobierno había asegurado que la situación se normalizaría en veinticuatro o cuarenta y ocho horas. No fue hasta el 25 de agosto, veintiséis días después de la entrada masiva, cuando el Consejo de Seguridad Nacional declaró oficialmente la "situación de interés para la Seguridad Nacional" en Ceuta y encomendó a un ministro, Ángel Víctor Torres, el mando único sobre todas las administraciones implicadas.

Conviene pesar bien este dato, porque contradice a quien imagine un poder que aprieta un botón y todo empieza a girar con precisión suiza. Lo que muestran las semanas de agosto es más bien lo contrario: titubeo, presión pública creciente, un Gobierno acusado de lentitud por sus propios aliados locales y por los verificadores de hechos. Si hubo intención de aprovechar la crisis, y sobre esto volveré, no se tradujo, desde luego, en una respuesta ágil. Se tradujo, si acaso, en el tiempo que se tomó el relato en cuajar: primero fue un problema de orden público; después, una cuestión de soberanía y seguridad nacional; solo al final, casi un mes más tarde, adquirió nombre y mando propios.

Cuando Europa entra en la escena

Hasta aquí, la historia podría leerse en clave puramente española. Pero 2026 añadió un ingrediente nuevo que rara vez aparece en las crónicas de las crisis fronterizas anteriores: apenas siete semanas antes de aquella noche de julio, el 12 de junio, entró en aplicación el nuevo Pacto Europeo de Migración y Asilo, aprobado en 2024 tras años de negociación. Con él se estrena un mecanismo permanente de solidaridad entre los Veintisiete: para este primer año de aplicación, la Unión fijó una referencia de veintiuna mil reubicaciones u otras formas de solidaridad, o bien cuatrocientos veinte millones de euros en aportaciones financieras. España figura, junto con Chipre, Grecia e Italia, entre los países que Bruselas reconoce oficialmente como sometidos a presión migratoria y, por tanto, susceptibles de recibir esa solidaridad.

No hace falta, ni sería honesto, afirmar que España provocó o dejó crecer la crisis para activar ese mecanismo. No existe ningún indicio que sostenga semejante afirmación. Pero sí es cierto que, por primera vez, una crisis fronteriza española ocurre dentro de un marco que ya no es solo nacional: tiene, desde el minuto uno, una lectura administrativa y financiera europea que antes no existía con esta forma. Italia y Dinamarca encabezaron, días después, una carta firmada por veintidós Estados miembros que exigía un endurecimiento de la política migratoria común y un blindaje mayor de las fronteras exteriores. La crisis de Ceuta, sin proponérselo nadie de manera demostrable, se convirtió también en argumento de un debate que se libraba en Bruselas desde hacía años.

El relato que cambia de centro

Aquí es donde conviene detenerse a pensar no ya en los hechos, sino en su ordenación. Porque los hechos, la regularización, la sentencia, la frontera, la respuesta tardía, el Pacto europeo, podrían haberse contado de maneras muy distintas, y el orden elegido no es inocente del todo, aunque tampoco haga falta suponer un autor único detrás de él.

Antes de julio, el debate público giraba en torno a una pregunta incómoda para el Gobierno: ¿es prudente regularizar de golpe a varios cientos de miles de personas? Después de julio, la pregunta cambió de naturaleza: ¿está España protegiendo su frontera? Y enseguida mutó otra vez: ¿genera España, con su política migratoria, un efecto llamada que atrae a quienes buscan cruzar? Los hechos de abril y junio no desaparecieron. Simplemente dejaron de ocupar el centro de la conversación, desplazados por una imagen mucho más poderosa: la de miles de personas nadando de noche hacia una ciudad española.

Esa es, quizá, la verdadera enseñanza de este episodio, más allá de cualquier sospecha de manipulación deliberada: el poder contemporáneo no necesita ocultar nada para desplazar la atención. Le basta con que ocurra algo suficientemente dramático como para que lo demás, sin ser negado ni escondido, deje de mirarse. Nadie tuvo que borrar la regularización de abril. Bastó con que el mar produjera una imagen más fuerte que cualquier real decreto.

¿A quién benefició?

Si algo distingue a esta crisis de una conspiración clásica es precisamente que no tiene un único beneficiario, y por tanto tampoco un único sospechoso natural. Marruecos, si en efecto relajó sus controles fronterizos, algo que las autoridades españolas han dado a entender sin siempre demostrarlo con detalle público, obtuvo una palanca de presión frente a Madrid, como ya ocurriera en 2021. El Gobierno social-comunista español, presionado hasta entonces por la controversia de la regularización, pudo presentarse después como garante de la seguridad nacional y desplegar al Ejército junto a la Guardia Civil. La oposición encontró munición para acusar al Ejecutivo de descontrol fronterizo. Bruselas, y en particular los países del norte y el este que llevan años pidiendo mano dura, encontraron en Ceuta un argumento adicional para su propia agenda. Y la Unión Europea en su conjunto pudo mostrar, apenas semanas después de estrenar su Pacto migratorio, que el mecanismo de solidaridad tenía ya un caso real al que aplicarse.

Ninguno de estos beneficios prueba a priori, que alguien planificara la crisis para obtenerlo. Pero conviene no confundir dos preguntas distintas: quién causó los hechos y quién supo, después, qué hacer con ellos. ¿Puede haber coincidencia en la primera y cálculo purísimo en la segunda, y ambas cosas convivir sin contradicción?.

Lo que queda por saber de los socios naturales de Marruecos.

Escribo esto un 26 de agosto de 2026, con el mando único apenas nombrado hace un día y con Ceuta todavía intentando recomponer sus servicios de acogida. La crisis mediática, la que llena portadas y telediarios, tiende a apagarse antes que la crisis administrativa: los expedientes de asilo, los retornos pactados con Rabat, las cuentas del nuevo mecanismo europeo de solidaridad seguirán tramitándose mucho después de que las cámaras se hayan ido a otra parte. Esa es, quizá, la advertencia más útil que puede extraerse de todo esto, más allá de cualquier sospecha: las crisis que vemos por televisión duran mucho menos que las crisis que gestionan los funcionarios, y es en ese tiempo silencioso, no en el estruendo de las primeras cuarenta y ocho horas, donde de verdad se decide quién gana y quién pierde.

No sabemos, y probablemente no lo sabremos pronto, si alguien en Rabat calculó el momento exacto de aflojar la vigilancia, ni si en Madrid se impulso este desafió socialista o alguien vio venir la ola y decidió no evitarla del todo. Lo que sí sabemos es que la respuesta socialista española no fue, ni de lejos, la de un aparato que esperaba impaciente su turno: fue la de un Gobierno interesado en que se dejase de hablar de la controvertida e inconstitucional Ley de nietos y de las regularizaciones, que tardó casi un mes en llamar a las cosas por su nombre, mientras miles de personas, muchas de ellas menores, quedaban varadas entre dos orillas y dos administraciones que se turnaban la responsabilidad de no decidir. Si hay una cortina de humo en esta historia, no oculta un plan casi perfecto. Oculta, más bien, la simple y vieja verdad de que ni los estados Socialistas, ni las crisis se dejan controlar tan fácilmente como, vistas después, nos gustaría creer.

Y tal vez ahí, en esa distancia entre el relato ordenado que se cuenta después y el desorden real que se vivió entonces, resida la lección última de Ceuta: no toda coincidencia esconde un diseño, pero toda coincidencia merece, al menos, la pregunta.


miércoles, 12 de agosto de 2026

La electricidad como límite del desarrollo...No puedo ser contigo.

 


La electricidad como límite del desarrollo: ¿está España planificando su transición energética o simplemente reaccionando a ella?

La decisión de Red Eléctrica de activar nuevamente mecanismos de reducción de la demanda eléctrica industrial debería preocupar mucho más de lo que aparentemente preocupa. A primera vista, podría interpretarse como una actuación técnica normal destinada a garantizar la estabilidad del sistema eléctrico. Sin embargo, desde la perspectiva de la Ingeniería Industrial, existe una pregunta mucho más incómoda: ¿qué ocurre cuando un mecanismo concebido para situaciones excepcionales empieza a convertirse en una herramienta recurrente para gestionar las insuficiencias de un sistema que debería haber sido planificado con antelación?

La cuestión adquiere todavía mayor importancia si se relaciona la electricidad con algo tan básico como la capacidad de construir viviendas, desarrollar polígonos industriales, instalar nuevas fábricas o electrificar el transporte. Una economía moderna no puede limitarse a anunciar inversiones, proyectos industriales y nuevas viviendas. Necesita disponer de algo mucho menos visible, pero absolutamente imprescindible: capacidad real de conexión y suministro eléctrico.

España está aumentando rápidamente su potencia renovable. En 2025 la demanda eléctrica creció un 2,8 %, mientras se incorporaron cerca de 10 GW de nueva potencia eólica y fotovoltaica. Al mismo tiempo, la red de transporte añadió nuevas líneas y posiciones para integrar renovables y atender nuevas demandas. El problema, por tanto, no parece ser exclusivamente la cantidad de electricidad que España puede producir, sino la capacidad de ponerla a disposición del consumidor correcto, en el lugar correcto y en el momento correcto.

Y aquí aparece la primera contradicción.

Podemos tener miles de proyectos renovables, pero si una fábrica no puede obtener una conexión eléctrica suficiente, la fábrica no se construye. Podemos aprobar planes urbanísticos para miles de viviendas, pero si la red no dispone de capacidad para atender nuevos desarrollos, esas viviendas pueden quedar condicionadas durante años. Podemos anunciar centros de datos, electrificación industrial o nuevas infraestructuras ferroviarias, pero todos ellos compiten por un recurso físico limitado: la capacidad de las redes.

Por ello, el problema eléctrico deja de ser exclusivamente energético y pasa a convertirse en un problema de planificación económica e industrial.

1. El problema no es producir electricidad: es poder utilizarla

El debate energético español suele concentrarse en cuántos megavatios renovables se instalan. Sin embargo, esta cifra puede resultar engañosa si no se acompaña de información sobre redes, almacenamiento, capacidad de transformación y acceso de la demanda.

Red Eléctrica informó en febrero de 2026 de que desde 2022 se habían concedido 11,8 GW de capacidad de acceso para demanda en la red de transporte que todavía no estaban en servicio. La cifra resulta especialmente significativa porque muestra que disponer de un permiso de acceso no equivale necesariamente a disponer inmediatamente de electricidad disponible para una nueva actividad.

Esta diferencia debería ser central en cualquier estrategia industrial.

Una empresa que pretende construir una planta necesita conocer no solamente el precio futuro de la electricidad, sino cuándo podrá conectarse, qué potencia tendrá disponible y con qué nivel de seguridad podrá operar. Sin esas garantías, una inversión industrial se convierte en una apuesta.

Y una economía que obliga a las empresas a apostar antes de invertir corre el riesgo de perder precisamente aquellas inversiones que necesita para generar empleo, aumentar productividad y reducir su dependencia exterior.

La cuestión se vuelve todavía más delicada cuando hablamos de vivienda. Construir una vivienda no consiste simplemente en disponer de suelo y financiación. El nuevo desarrollo necesita agua, transporte, saneamiento, telecomunicaciones y, cada vez más, una red eléctrica capaz de soportar climatización, vehículos eléctricos, bombas de calor y autoconsumo.

Por tanto, la planificación eléctrica se está convirtiendo indirectamente en planificación urbana e industrial.

2. ¿Estamos planificando el futuro o intentando solucionar las consecuencias del presente?

Aquí aparece una de las cuestiones más incómodas.

El Gobierno ha reconocido que la próxima planificación eléctrica debe adaptarse a una transformación profunda de la demanda. Las solicitudes de acceso para demanda, industria, vivienda, centros de datos, vehículos eléctricos y otros usos, representan ya una parte muy importante de las nuevas solicitudes. El propio Ministerio señala que la demanda se ha convertido en el principal motor de la nueva planificación.

Esto plantea una pregunta legítima:

Si ya sabemos que la demanda eléctrica va a crecer, ¿por qué la capacidad de red no crece al mismo ritmo que los proyectos que pretendemos atraer?

No se trata de afirmar que no exista planificación. La existe. De hecho, Red Eléctrica está ejecutando actuaciones incluidas en la planificación vigente para reforzar el suministro residencial e industrial, como las nuevas infraestructuras de Burgos, Madrid o Castellón.

El problema es otro: la velocidad de la planificación puede no coincidir con la velocidad de las expectativas económicas y políticas.

Un Gobierno puede anunciar una fábrica en 2026. Una promotora puede proyectar miles de viviendas. Una empresa tecnológica puede anunciar un centro de datos. Pero una subestación, una línea de alta tensión o una ampliación de capacidad no se construyen con la misma rapidez que se anuncia una inversión.

Existe, por tanto, un riesgo evidente de crear una economía de anuncios: grandes proyectos sobre el papel que después descubren que la infraestructura necesaria para hacerlos realidad todavía no existe.

Desde la Ingeniería Industrial, esto constituye un problema clásico de desalineación entre capacidad y demanda.

3. La industria no puede convertirse en el amortiguador del sistema

La activación repetida del Servicio de Respuesta Activa de la Demanda introduce otra cuestión.

El mecanismo es técnicamente razonable: cuando existe riesgo para la estabilidad del sistema, determinadas industrias reducen temporalmente su consumo. Pero una cosa es utilizar esta herramienta como seguro y otra muy diferente convertirla de facto en una pieza habitual de la operación.

Una fábrica no es una batería.

Cuando se ordena a una industria reducir su consumo, no desaparece simplemente un número de megavatios de una pantalla. Pueden detenerse máquinas, alterarse procesos, perderse producción, desperdiciarse materias primas, producirse retrasos y aumentar los costes de reinicio.

Por eso, el coste real de la interrupción no puede calcularse únicamente mediante el precio de la electricidad no consumida.

Existe un coste industrial.

Y aquí debería plantearse una pregunta especialmente incómoda:

¿Hasta qué punto resulta razonable que una industria privada asuma el coste de corregir las deficiencias de flexibilidad del sistema eléctrico?

La industria puede y debe colaborar con la estabilidad de la red. Pero esa colaboración tiene que estar basada en incentivos transparentes, compensaciones adecuadas y reglas previsibles. Si no, existe el riesgo de que el sistema eléctrico termine trasladando parte de sus problemas de planificación precisamente a los consumidores que generan actividad económica.

4. Renovables sí, pero ¿con qué infraestructura?

La crítica no debería dirigirse contra las energías renovables. El problema sería mucho más profundo: instalar generación sin desarrollar simultáneamente las infraestructuras que permiten aprovecharla.

España ha avanzado extraordinariamente en generación renovable. En 2025, las renovables representaron una parte creciente del sistema y el almacenamiento ya permitió integrar una cantidad relevante de generación renovable.

Pero una economía industrial necesita algo más que energía renovable barata.

Necesita energía disponible, gestionable y conectada.

La diferencia es fundamental.

Una planta fotovoltaica puede producir enormes cantidades de electricidad cuando existe radiación solar. Pero una fábrica no necesariamente consume exactamente en esas horas. Una vivienda tampoco. Un tren tampoco. Un hospital tampoco.

Por tanto, el desafío consiste en sincronizar generación, almacenamiento, redes y consumo.

Desde la Ingeniería Industrial, esto es un problema de gestión de variabilidad. Y cuando se conoce que una variable es variable, no resulta razonable diseñar el sistema ignorando precisamente esa característica.

5. La otra dependencia: de los combustibles fósiles a la tecnología china

Aquí aparece una dimensión geopolítica que debería ocupar un lugar mucho mayor en el debate.

La transición energética pretende reducir la dependencia exterior de los combustibles fósiles. Es un objetivo razonable. Pero existe el riesgo de sustituir una dependencia por otra.

La Agencia Internacional de la Energía señala que China concentra más del 80 % de la capacidad mundial de fabricación de módulos solares y alrededor del 95 % de la fabricación de obleas. En la Unión Europea, la dependencia comercial es todavía más evidente: en 2024 China representó el 98 % de las importaciones comunitarias de paneles solares.

Esto no significa que comprar tecnología china sea necesariamente negativo. La industria china ha conseguido enormes economías de escala y ha contribuido decisivamente a reducir el coste de la energía solar.

Pero sí plantea una pregunta estratégica:

¿Tiene sentido hablar de soberanía energética mientras la infraestructura que permite producir esa energía depende en una proporción extraordinaria de cadenas de suministro controladas desde el exterior?

Si España abandona progresivamente el gas y otros combustibles importados pero aumenta simultáneamente su dependencia de paneles, inversores, baterías, componentes y materias primas procedentes de cadenas de suministro altamente concentradas, no ha eliminado completamente su vulnerabilidad.

Simplemente la ha trasladado.

La propia Unión Europea reconoce el problema y ha señalado la elevada dependencia de proveedores externos, especialmente China, como una vulnerabilidad para la cadena fotovoltaica europea.

Por ello, sería legítimo exigir que una política energética española no se limite a instalar tecnología importada, sino que contribuya también a desarrollar capacidad industrial, tecnológica y de fabricación propia o europea.

6. ¿Y dónde queda la industria española?

Esta cuestión merece todavía más atención. Si España utiliza dinero público para acelerar la transición energética, debería preguntarse cuánto de ese esfuerzo genera capacidad industrial permanente dentro del país.

Porque existe una diferencia fundamental entre: comprar una tecnología y crear una industria capaz de fabricar, mantener, reparar, mejorar y exportar esa tecnología.

El primer modelo puede acelerar rápidamente la instalación de renovables. El segundo genera conocimiento, empleo cualificado, proveedores, patentes, capacidad tecnológica y autonomía estratégica.

La dependencia excesiva de proveedores extranjeros puede resultar especialmente problemática cuando se combina con una red eléctrica que todavía debe adaptarse a un fuerte crecimiento de la demanda.

Podríamos acabar en una situación paradójica: España instala una enorme cantidad de generación renovable, pero necesita importar buena parte de los equipos; aumenta la demanda industrial, pero algunas conexiones tardan en materializarse; se anuncian nuevas viviendas, pero la infraestructura eléctrica necesita ampliaciones; y cuando aparecen problemas de equilibrio, se pide a la industria que reduzca temporalmente su consumo.

Si esta secuencia se repite, no estaríamos ante un problema aislado. Estaríamos ante un problema de modelo.

7. Las comisiones: una sospecha no basta, pero la transparencia sí es obligatoria

El planteamiento más crítico del debate puede llevar a sospechar que detrás de determinadas decisiones existen intereses económicos vinculados a proveedores extranjeros. Sin embargo, aquí es necesario distinguir entre sospecha y evidencia.

No sería riguroso afirmar que el Gobierno obtiene “comisiones de la producción china” sin aportar contratos, adjudicaciones, beneficiarios, intermediarios o pruebas documentales que demuestren esa acusación.

Pero precisamente por eso la respuesta democrática no debería ser evitar la pregunta, sino exigir más transparencia.

Cuando existen grandes inversiones públicas, fondos europeos, contratos de infraestructura y una dependencia exterior tan elevada, resulta razonable exigir que puedan conocerse con claridad: quién recibe los contratos; qué empresas participan; qué porcentaje del valor añadido permanece en España; qué componentes proceden del exterior; qué criterios se utilizan para seleccionar proveedores; cuánto dinero público termina en cadenas industriales extranjeras; qué retornos industriales obtiene España; y qué mecanismos existen para evitar conflictos de intereses.

La cuestión no debería ser solamente cuánto cuesta instalar la transición energética, sino también quién captura el valor económico generado por ella.

Esa es una pregunta mucho más incómoda.

8. La vivienda puede convertirse en otra víctima invisible

El problema eléctrico también puede afectar directamente a la política de vivienda.

Si se pretende construir rápidamente nuevas viviendas, urbanizaciones o desarrollos industriales, las administraciones necesitan anticipar las necesidades de electricidad de esas nuevas zonas.

No basta con aprobar suelo. No basta con conceder licencias. No basta con anunciar viviendas. La infraestructura eléctrica tiene que estar disponible.

De hecho, el Gobierno ha aprobado en julio de 2026 una inversión adicional de 17.900 millones de euros hasta 2030 destinada, entre otros objetivos, a infraestructuras que permitan conectar vivienda, industria y transporte electrificado y mejorar la seguridad del sistema.

La cifra demuestra precisamente la magnitud del desafío.

Si son necesarios miles de millones adicionales para adaptar las redes, significa que la infraestructura eléctrica se ha convertido en uno de los principales cuellos de botella de la electrificación.

Por tanto, cualquier política seria de vivienda debería coordinarse con la planificación energética. No tiene sentido prometer viviendas donde todavía no existe capacidad suficiente para suministrarlas.

Conclusión

El episodio analizado debería interpretarse como algo más que una cuestión técnica relacionada con la operación puntual de la red eléctrica.

Es una advertencia sobre la necesidad de planificar simultáneamente energía, industria, vivienda, transporte e infraestructura.

España está realizando un enorme despliegue renovable y ha conseguido avances importantes. La demanda eléctrica crece, la generación renovable aumenta y la red continúa ampliándose. Pero precisamente ese éxito está generando una nueva dificultad: cada vez existen más proyectos que necesitan conectarse a una infraestructura que no puede crecer instantáneamente al mismo ritmo.

La pregunta, por tanto, no debería ser si España tiene suficientes renovables.

La pregunta debería ser: ¿Tenemos suficiente red, almacenamiento, capacidad de transformación, generación gestionable y planificación industrial para convertir esas renovables en electricidad realmente disponible para ciudadanos y empresas?

Y existe una segunda pregunta todavía más incómoda: ¿Estamos utilizando la transición energética para construir una industria española y europea más fuerte o simplemente para convertirnos en grandes compradores de tecnología fabricada en otros países?

La dependencia china de la cadena fotovoltaica demuestra que esta cuestión no es imaginaria. Por eso, el verdadero éxito de la transición energética no debería medirse únicamente por los gigavatios instalados ni por el porcentaje de generación renovable.

Debería medirse por algo más exigente: cuánta industria nacional genera, cuánta tecnología propia desarrolla, cuántas viviendas puede abastecer, cuántas inversiones puede conectar y hasta qué punto garantiza electricidad fiable y competitiva para empresas y ciudadanos.

Una transición energética que produce electricidad pero no garantiza capacidad de conexión, que anuncia inversiones pero no puede asegurar su suministro, o que reduce una dependencia exterior mientras crea otra dependencia tecnológica, corre el riesgo de confundir transformación energética con planificación estratégica.

Y esa diferencia es demasiado importante como para ignorarla.

En definitiva, el problema no es solamente cómo producir electricidad limpia. El verdadero problema es decidir qué país queremos construir alrededor de esa electricidad, quién controla la infraestructura necesaria para hacerlo y quién obtiene el valor económico de la transformación.

Ahí es donde la Ingeniería Industrial deja de ser una cuestión puramente técnica y se convierte en una herramienta para evaluar si las decisiones públicas están construyendo un sistema verdaderamente resiliente, competitivo y autónomo, o simplemente reaccionando a problemas que podrían haberse previsto.

 


martes, 11 de agosto de 2026

La responsabilidad de VOX empieza donde termina el miedo....con vox, sí se puede.

 


LA RESPONSABILIDAD DE VOX EMPIEZA DONDE TERMINA EL MIEDO

Las democracias no se debilitan únicamente por quienes ejercen el poder.

También se debilitan cuando quienes podrían exigir responsabilidades prefieren callar.

Si durante años aceptamos que el partido esté por encima de las instituciones, que la fidelidad ideológica pese más que la competencia, que el silencio resulte más rentable que la denuncia y que la ideología determine nuestra valoración moral de los hechos, el problema deja de ser exclusivamente una persona.

El problema pasa a ser la propia cultura política.

Por eso, la pregunta no debería ser solamente:

¿Quién gobierna?

Sino algo mucho más importante:

¿Qué tipo de sistema político estamos construyendo entre todos?

España no necesita otro líder providencial.

Necesita algo mucho menos espectacular y mucho más eficaz:

Instituciones independientes.
Controles efectivos.
Transparencia.
Justicia sin colores políticos.
Y partidos capaces de corregirse a sí mismos.

Y aquí aparece una cuestión que ya no debería poder despacharse simplemente con una etiqueta:

¿Por qué VOX debe ser descalificado de antemano por el calificativo de “extremista”, en lugar de ser juzgado por sus propuestas y por su actuación política?

VOX no ha gobernado España desde el Ejecutivo central.

Por tanto, puede ser cuestionado, criticado y fiscalizado, como cualquier otro partido, pero también debe poder ser evaluado sin prejuicios y sometido a la prueba de los hechos.

Porque si realmente queremos romper con las inercias del bipartidismo, habrá que aceptar una posibilidad que a muchos incomoda:

que los españoles puedan decidir probar una alternativa diferente.

Y si esa alternativa fuera VOX, su responsabilidad comenzaría precisamente entonces.

Tendría que demostrar que aquello que exige a los demás también está dispuesto a aplicárselo a sí mismo:

Constitución.
Estado de Derecho.
Separación de poderes.
Transparencia.
Responsabilidad.
Y prioridad del interés general.

No se trata de cambiar una lista de nombres por otra.

Ni de sustituir una ideología por otra.

Se trata de conseguir que nadie esté por encima de las instituciones.

Porque quizá la verdadera pregunta ya no sea:

“¿Es VOX demasiado extremo?”

Sino:

¿Es realmente extremista exigir aquello que debería ser normal en una democracia?

Y quizá haya llegado el momento de dejar de tener miedo a las etiquetas.

Que los ciudadanos comparen.
Que juzguen.
Que exijan.
Y que voten.

Porque en democracia, la última palabra no debería pertenecer ni al PSOE, ni al PP, ni a VOX.

Debe pertenecer a los españoles.


sábado, 8 de agosto de 2026

La reputación que se compra en tokens..Ritmo de la noche

 


La reputación que se compra en tokens

 

Ensayo crítico sobre el uso de índices de "reputación algorítmica" como sucedáneo de análisis financiero y periodístico: el caso Telefónica–RepIndex

Naturaleza del texto: nota de prensa disfrazada de hallazgo empírico

El artículo publicado por Libre Mercado el 7 de agosto de 2026 no es, pese a su apariencia, una pieza informativa que someta a escrutinio un hecho noticiable. Es, en rigor, la reproducción acrítica de un comunicado de posicionamiento corporativo elaborado, o al menos inspirado, por la propia Telefónica o por un proveedor de servicios reputacionales interesado en que la compañía figure como cliente satisfecho. La estructura del texto sigue el guion clásico del press release financiero: titular en superlativo ("lidera"), cifra de impacto sin contexto ("21% superior a la media"), cita de autoridad sustituida por autoridad algorítmica ("las seis grandes inteligencias artificiales"), y cierre con una recomendación de mejora que, lejos de introducir matiz crítico, funciona como coartada de objetividad, el clásico "área de mejora" que todo informe de relaciones públicas incluye para simular equilibrio.ç

Como economista y como observador de la industria de telecomunicaciones, mi primera obligación es distinguir entre dato y artefacto narrativo. Aquí casi todo es artefacto: un índice privado, de metodología no auditada públicamente, elaborado por una entidad, RepIndex, cuya composición accionarial, cuya cartera de clientes y cuyo modelo de negocio no se explicitan en el texto. Que el propio diario reproduzca sin distancia crítica alguna las cifras de RepIndex, sin preguntar quién le paga a RepIndex ni quién le paga la difusión del informe, es ya un síntoma de captura informativa.

La falacia de fondo: "reputación algorítmica" como categoría pseudocientífica

El concepto central del artículo, "reputación algorítmica", merece una disección conceptual antes de aceptar una sola de sus cifras. Se nos dice que seis modelos de lenguaje (ChatGPT, Perplexity, Gemini, DeepSeek, Grok y Qwen) son interrogados semanalmente mediante "consultas homogéneas" y "métricas deterministas" para producir una puntuación comparable entre 23 operadores. El problema es doble, y es un problema de fondo, no de detalle.

En primer lugar, los grandes modelos de lenguaje no miden reputación: la reflejan, y la reflejan de una manera muy particular, porque su conocimiento del mundo procede en gran medida de la misma prensa económica y de los mismos comunicados corporativos que alimentan índices como este. Preguntar a un LLM qué opina de Telefónica y traducir la respuesta en una puntuación de 0 a 100 no es medir la percepción pública ni la solvencia real de la compañía: es medir cuánto ha conseguido el departamento de comunicación de Telefónica, y de cualquier otro operador, colonizar el corpus textual sobre el que esos modelos fueron entrenados y las fuentes que consultan en tiempo real.

El propio informe lo confiesa, aunque lo disfraza de recomendación técnica, cuando aconseja "reforzar el acceso de las inteligencias artificiales a fuentes primarias" y "homogeneizar la narrativa corporativa entre plataformas". Traducido del lenguaje corporativo al lenguaje llano: el consejo es optimizar el contenido que Telefónica distribuye para que los modelos de IA lo prioricen y lo repitan con más fidelidad. Esto no es gestión reputacional; es ingeniería de la percepción algorítmica, un pariente cercano del SEO aplicado ahora a chatbots en lugar de a buscadores.

Que un supuesto índice "determinista" recomiende explícitamente manipular sus propios insumos es, cuando menos, una contradicción metodológica que debería descalificarlo como fuente seria.

En segundo lugar, el término "determinista" aplicado a la salida de un modelo de lenguaje generativo es, con toda probabilidad, un abuso del lenguaje técnico. Los modelos citados, salvo que se fuerce una temperatura de muestreo igual a cero y prompts absolutamente estandarizados, lo cual el artículo no acredita, producen respuestas variables ante consultas nominalmente idénticas. Llamar "determinista" a un proceso estocástico no es una imprecisión menor: es la apropiación retórica del prestigio del método científico para blindar de crítica un producto que, en el mejor de los casos, es un promedio de opiniones sintéticas de sistemas con sesgos de entrenamiento no divulgados.

Auditoría de las cifras financieras invocadas como causa del "liderazgo reputacional"

El artículo atribuye la primera posición de Telefónica a una serie de hechos financieros que merecen ser examinados con el rigor que la nota de prensa evita.

La "reducción del 75% de las pérdidas" es, sin la cifra base, un dato vacío de contenido analítico. Una reducción porcentual tan abultada suele derivarse de partidas extraordinarias del ejercicio anterior, deterioros de activos, provisiones por reestructuración, impacto de la salida de mercados como el de Perú, costes asociados a ajustes de plantilla, cuya no repetición produce comparativas interanuales espectaculares sin que ello implique una mejora estructural del negocio recurrente. Un catedrático de finanzas no puede aceptar un porcentaje de variación sin conocer el numerador, el denominador y la composición de ambos; el artículo no ofrece ninguno de los tres.

La mejora de calificación crediticia por parte de Fitch hasta "BBB+" se presenta como un logro rotundo, pero conviene recordar que BBB+ sigue situándose en el tramo medio-bajo del grado de inversión, apenas dos escalones por encima del umbral de "bono basura" (BBB-). Para una compañía que durante años arrastró una de las mayores deudas netas del IBEX 35, una mejora de un escalón es una noticia relativa, no la consagración de una solvencia excepcional. Presentarla sin ese contexto comparado, frente a competidores europeos como Deutsche Telekom u Orange, con calificaciones sistemáticamente superiores, es seleccionar el marco más favorable posible.

La recompra de acciones, citada como fortaleza, es un instrumento financiero de efecto ambivalente: mejora el beneficio por acción y sostiene la cotización en el corto plazo, pero no es per se indicador de fortaleza operativa; puede ser, y con frecuencia lo es, una decisión de ingeniería financiera destinada precisamente a sostener percepciones, humanas y, ahora, algorítmicas, cuando el crecimiento orgánico del negocio tradicional de telecomunicaciones en mercados maduros como el español, el alemán o el británico se mantiene plano o en retroceso.

Las "alianzas estratégicas" de Telefónica Tech se mencionan sin nombrarlas, sin cuantificar su aportación a ingresos ni su horizonte temporal de rentabilidad. En ausencia de cifras, la mención funciona como relleno narrativo: da la impresión de diversificación e innovación sin comprometerse con ningún dato verificable.

En conjunto, el bloque financiero del artículo no constituye un análisis fundamental de la compañía, sino una selección curada de titulares favorables, lo que en literatura de comunicación financiera se denomina cherry-picking narrativo, presentada como si fuera la explicación causal de una puntuación algorítmica que, en realidad, mide otra cosa: la eficacia del propio aparato de comunicación de la empresa.

Problemas metodológicos de RepIndex que el artículo no plantea

Un examen mínimamente riguroso debería formular, como mínimo, las siguientes preguntas, ninguna de las cuales encuentra respuesta en el texto:

· ¿Quién es RepIndex? No se identifica su forma jurídica, su fuente de financiación ni si Telefónica, u otras operadoras evaluadas, es cliente de pago de sus servicios de consultoría reputacional, lo que constituiría un conflicto de interés estructural análogo al de las agencias de rating pagadas por el propio emisor calificado.

· ¿Cuál es la muestra de "consultas homogéneas"? No se publica el número de prompts, su formulación exacta, la fecha y hora de las consultas ni el tratamiento estadístico aplicado para agregar las respuestas de seis sistemas con arquitecturas, fechas de corte de entrenamiento y políticas de acceso a fuentes en tiempo real completamente distintas entre sí.

· ¿Qué validez de constructo tienen las ocho métricas? Categorías como "Actualidad y Empuje" o "Gestión de Controversias" carecen de definición operativa en el artículo. Sin un protocolo público de codificación, son cajas negras que permiten cualquier resultado deseado.

· ¿Existe sesgo de disponibilidad informativa? Una compañía con mayor presupuesto de comunicación institucional genera, casi mecánicamente, mayor volumen de contenido indexable y, por tanto, mayor probabilidad de que los modelos de lenguaje reproduzcan su relato. El índice premia estructuralmente a quien más invierte en visibilidad, no a quien mejor gestiona la empresa.

La ausencia de respuestas a estas preguntas convierte a RepIndex, tal y como se describe en el artículo, en un instrumento no falsable: no hay manera de que un tercero independiente replique el resultado, condición mínima que cualquier catedrático exigiría a un estudio antes de citarlo en un aula o en una publicación.

Economía política de la noticia: ¿a quién beneficia el marco elegido?

Conviene situar el artículo en su contexto mediático. Libre Mercado, cabecera vinculada a un ecosistema editorial de orientación económica liberal, tiene un historial de cobertura favorable a la dirección actual de Telefónica y a las decisiones de política industrial que la han beneficiado, incluida la entrada del Estado y de accionistas saudíes en su capital, operación que en otros medios ha generado un debate mucho más matizado sobre soberanía tecnológica y gobernanza corporativa. Un artículo que traduce en lenguaje pseudocientífico, "puntos", "índice", "consenso entre plataformas", una narrativa de éxito empresarial cumple una función de reafirmación editorial más que de información contrastada.

Desde la perspectiva de la economía de la comunicación, este tipo de contenidos son un ejemplo temprano de lo que cabría denominar AI-washing reputacional: el uso de la aparente objetividad de los sistemas de inteligencia artificial para blanquear, dar apariencia de validación neutral e independiente a, relatos que, en última instancia, siguen siendo producidos por los mismos departamentos de comunicación corporativa de siempre. El riesgo no es menor: si los inversores, los reguladores o el público general comienzan a tratar estos índices como proxies fiables del desempeño empresarial, se abre una vía de arbitraje reputacional en la que las compañías con mayores recursos para "alimentar" a los modelos de lenguaje con contenido favorable obtendrán sistemáticamente mejores puntuaciones, con independencia de su desempeño real.

Conclusión: ni información, ni ciencia, ni neutralidad

El artículo analizado no supera ninguno de los tres estándares que debería cumplir una pieza que se presenta como informativa y cuantitativa. No es información periodística independiente, porque reproduce sin contraste una fuente con conflicto de interés no declarado. No es ciencia, porque el índice que invoca carece de metodología pública, de reproducibilidad y de definiciones operativas mínimas, y además incurre en el uso impropio del término "determinista" para procesos que no lo son. Y no es neutral, porque tanto la cabecera como el marco narrativo elegido,cifras financieras descontextualizadas, ausencia de comparación sectorial rigurosa, recomendación final orientada a intensificar la propia estrategia de comunicación,  convergen sistemáticamente hacia una única conclusión favorable a la compañía retratada.

Como ejercicio docente, este artículo resulta, paradójicamente, valioso: constituye un caso de estudio ejemplar sobre cómo el vocabulario de la inteligencia artificial y de la métrica cuantitativa puede emplearse para revestir de autoridad técnica lo que sigue siendo, en esencia, comunicación corporativa unidireccional. La tarea del economista y del analista de telecomunicaciones no es rechazar de plano la posibilidad de que existan mejoras reales en la situación financiera de Telefónica, algunas de las cifras citadas, contextualizadas, podrían sostener un relato moderadamente positivo, sino exigir que toda afirmación cuantitativa venga acompañada de su fuente primaria, su metodología replicable y su comparación sectorial honesta. Mientras eso no ocurra, la "reputación algorítmica" seguirá siendo, más que una medida, un producto: uno que se compra, se optimiza y se vende como si fuera un hecho.

Coda

Va, para cerrar, una nota menos solemne. Mientras RepIndex bucea en el consenso de seis chatbots para certificar el liderazgo reputacional de Telefónica, resulta casi entrañable comprobar que, en la superficie de la realidad, tanto Marc Murtra al frente de la compañía como Pedro Sánchez desde el Gobierno llevan un tiempo buceando, en la geopolítica accionarial, en los equilibrios con los nuevos socios, en la estrategia industrial del sector, sin que ese buceo, por ahora, haya sacado a flote un resultado tangible y positivo para el interés general. Se diría que ambos exploran con ahínco un fondo marino en el que, de momento, solo encuentran algas.