REFERENCIA APICE

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sábado, 31 de octubre de 2026

No es el fin del Sahara: .....Es el principio de una nueva disputa por el poder.


 

NO ES EL FIN DEL SÁHARA:

ES EL PRINCIPIO DE UNA NUEVA DISPUTA POR EL PODER

El artículo periodístico publicado en La Razón, plantea un acontecimiento de considerable trascendencia internacional: el veto de Rusia a una propuesta estadounidense de renovación del mandato de la Misión de Naciones Unidas para el Referéndum del Sáhara Occidental (MINURSO), seguido del anuncio de Mohamed VI de que la presencia de dicha misión debería cesar en los próximos días.

Sin embargo, hay una cuestión que merece examinarse con especial atención: ¿estamos realmente ante el final de una misión de Naciones Unidas o ante un intento de transformar, mediante la presión diplomática, las condiciones en las que se negocia uno de los conflictos de descolonización más prolongados del mundo?

Mi opinión de partida es que no debemos confundir tres acontecimientos distintos:

1.    El bloqueo de una propuesta de resolución del Consejo de Seguridad.

2.    La eventual expiración o no renovación del mandato de la MINURSO.

3.    La pretensión de Marruecos de convertir esa circunstancia en un reconocimiento político de que la controversia sobre la soberanía del territorio está prácticamente resuelta.

Son acontecimientos relacionados, pero jurídicamente no equivalentes. Y precisamente en esa diferencia reside buena parte del significado geopolítico de la noticia.

A. La noticia: qué ha sucedido realmente y qué está en juego

El artículo de Antonio Navarro Amuedo, publicado por La Razón el 31 de octubre de 2026, recoge cinco acontecimientos fundamentales.

Mohamed VI responde al veto ruso anunciando el fin de la misión de la ONU para el Sáhara.docx

Primero. El veto ruso. Rusia bloqueó el proyecto de resolución presentado por Estados Unidos para renovar el mandato de la MINURSO. La propuesta estadounidense contemplaba prolongar la misión hasta el 31 de octubre de 2027, pero introducía modificaciones sustanciales: respaldaba el plan de autonomía marroquí como única base de negociación, proponía reducir el componente militar y cambiar la denominación de MINURSO a MINUSO, eliminando la referencia al referéndum.

Segundo. La reacción de Mohamed VI. Dos horas después del veto ruso, el monarca marroquí anunció que la presencia de la misión debería cesar en los próximos días, calificando el acontecimiento como el cierre de una etapa de 35 años.

Tercero. La posición rusa. Moscú presentó una resolución alternativa que proponía renovar la misión durante un año sin modificar su mandato. Su planteamiento defendía una solución justa, duradera y mutuamente aceptable, conforme a la Carta de Naciones Unidas y al principio de autodeterminación.

Cuarto. El contraataque estadounidense. Estados Unidos votó contra la propuesta rusa. Esta obtuvo únicamente tres votos favorables, uno en contra y once abstenciones, por lo que no alcanzó los nueve votos necesarios.

Quinto. La interpretación marroquí. Rabat presenta el fracaso de ambas iniciativas como una oportunidad para cerrar el expediente internacional del Sáhara Occidental y sostiene que los integrantes de la misión deben abandonar el territorio.

El artículo recoge, además, la interpretación del especialista en relaciones hispano-marroquíes Nabil Driouch, quien considera que Marruecos ha expresado su propio veto político a la continuidad de la misión.

B. Una precisión fundamental: no se ha aprobado el final político del conflicto

Aquí aparece la primera cuestión que debe corregirse en cualquier análisis riguroso.

La MINURSO tenía un mandato vigente hasta el 31 de octubre de 2026, establecido mediante la Resolución 2797 de 2025. El Consejo de Seguridad no consiguió aprobar ninguna de las dos propuestas presentadas el 30 de octubre de 2026. Por tanto, a la fecha de referencia, el mandato expira sin renovación.

Pero conviene distinguir:

Acontecimiento

Consecuencia

Veto ruso al proyecto estadounidense

Impide aprobar la propuesta de Washington.

Rechazo de la propuesta rusa

Impide aprobar una prórroga alternativa.

Expiración del mandato

Deja a la MINURSO sin una nueva autorización temporal del Consejo.

Comunicado de Mohamed VI

Expresa la posición política de Marruecos sobre la salida de la misión.

Situación jurídica del Sáhara

No queda resuelta por ninguna de estas circunstancias.

 

La declaración de un jefe de Estado no sustituye una resolución del Consejo de Seguridad. Tampoco puede convertir unilateralmente un conflicto internacional en una cuestión jurídicamente resuelta.

Esta distinción es esencial: el bloqueo de una misión internacional no equivale al reconocimiento de la soberanía de una de las partes.

C. El Sáhara Occidental: una descolonización que nunca llegó a concluirse

Para comprender el alcance de la crisis actual es necesario retroceder más de medio siglo.

El Sáhara Occidental fue una colonia española. En 1963 Naciones Unidas lo incorporó a la lista de territorios no autónomos, categoría que mantiene en su documentación oficial.

En 1975 se produjo un acontecimiento decisivo: la retirada española y la Marcha Verde organizada por Marruecos, en un contexto de creciente presión territorial y diplomática.

Ese mismo año, el Tribunal Internacional de Justicia emitió su dictamen consultivo sobre el Sáhara Occidental.

Su contenido merece especial atención porque frecuentemente se presenta de forma incompleta.

El Tribunal reconoció la existencia de determinados vínculos jurídicos históricos entre el sultanato marroquí y algunas tribus del territorio. Sin embargo, concluyó que los elementos examinados no acreditaban vínculos de soberanía territorial que pudieran desplazar la aplicación del principio de libre determinación mediante la expresión libre y auténtica de la voluntad de la población del Sáhara Occidental.

Esta conclusión constituye uno de los fundamentos jurídicos más importantes para comprender el conflicto.

En otras palabras, los vínculos históricos no resuelven automáticamente la cuestión de la soberanía.

1. El problema de los Acuerdos de Madrid

En noviembre de 1975 se firmaron los denominados Acuerdos de Madrid entre España, Marruecos y Mauritania.

Su importancia política fue enorme, pero conviene no atribuirles efectos jurídicos que no poseen.

Los acuerdos no transfirieron por sí mismos la soberanía del territorio a Marruecos ni sustituyeron el procedimiento internacional de descolonización.

España comunicó formalmente a Naciones Unidas su retirada el 26 de febrero de 1976. La documentación de la organización recoge esa comunicación, así como la continuidad del Sáhara Occidental en la lista de territorios no autónomos.

Por tanto, existe una diferencia sustancial entre:

·      El control efectivo de un territorio.

·      La administración de un territorio.

·      La soberanía reconocida internacionalmente.

·      El derecho de una población a decidir su futuro político.

Confundir estas cuatro categorías conduce a interpretaciones geopolíticas equivocadas.

2. La creación de la MINURSO: una promesa internacional incumplida

En 1991, mediante la Resolución 690, el Consejo de Seguridad creó la MINURSO, en el marco de las propuestas de arreglo aceptadas por Marruecos y el Frente POLISARIO.

Su cometido estaba relacionado con el alto el fuego, la organización y supervisión de un referéndum de autodeterminación y otras funciones vinculadas al proceso de paz.

Sin embargo, el referéndum nunca llegó a celebrarse.

Las discrepancias sobre quiénes debían integrar el censo electoral, las posiciones incompatibles sobre el futuro político del territorio y la ausencia de un acuerdo definitivo fueron bloqueando el procedimiento.

El resultado es paradójico: una misión creada para facilitar una solución política terminó convirtiéndose en una presencia internacional prolongada durante 35 años sin alcanzar su objetivo fundacional.

Esto no significa que su existencia careciera de utilidad. Su función de observación, comunicación y contención de tensiones ha constituido un elemento de referencia para la estabilidad regional.

D. La verdadera dimensión geopolítica: Rusia y Estados Unidos trasladan su rivalidad al Sáhara

Lo sucedido en Nueva York no debe interpretarse exclusivamente como una disputa entre Marruecos y el Frente POLISARIO.

Estamos ante una confrontación diplomática en la que dos potencias permanentes del Consejo de Seguridad han utilizado sus respectivas posiciones para impedir que prevalezca la propuesta de la otra.

1. Estados Unidos: consolidar una solución favorable a Marruecos

Washington lleva años aproximándose a la posición marroquí.

En diciembre de 2020, durante la Administración Trump, Estados Unidos reconoció la soberanía marroquí sobre el Sáhara Occidental. Esta decisión alteró sustancialmente el equilibrio diplomático.

La propuesta estadounidense de octubre de 2026 representa un paso adicional: no se limita a respaldar el plan de autonomía, sino que pretende convertirlo en la única base de negociación.

La diferencia es importante.

Una cosa es considerar que la autonomía puede constituir una solución viable; otra, establecer que las negociaciones deben desarrollarse exclusivamente dentro de ese marco.

La segunda opción reduce el espacio político disponible para otras fórmulas, particularmente la independencia.

El proyecto estadounidense también contemplaba modificar la denominación de la misión y reducir su componente militar. Moscú consideró que semejantes cambios prejuzgaban el resultado del proceso.

2. Rusia: impedir que Washington monopolice la solución

La posición rusa tiene dos dimensiones.

La primera es jurídica y diplomática: Moscú sostiene que la solución debe ser aceptable para Marruecos y el Frente POLISARIO, sin imponer unilateralmente un resultado.

La segunda es estratégica: Rusia no tiene incentivos para permitir que Estados Unidos convierta su posición nacional en el marco exclusivo de una negociación multilateral.

En su explicación oficial del voto del 30 de octubre, el representante ruso, Vasili Nebenzia, argumentó que Washington había perdido imparcialidad al reconocer la soberanía marroquí y que el proyecto estadounidense podía perjudicar el proceso de solución.

Misión de Rusia ante la ONU

Aquí debemos introducir una cautela analítica: defender el principio de autodeterminación en una votación no demuestra, por sí solo, que Rusia actúe exclusivamente por razones jurídicas o humanitarias.

Las grandes potencias combinan principios declarados, intereses estratégicos y oportunidades diplomáticas.

3. Argelia: el actor regional que no puede quedar fuera

Argelia constituye una pieza central de esta crisis.

Su rivalidad con Marruecos tiene raíces históricas, territoriales, estratégicas y de seguridad. Además, Argelia respalda al Frente POLISARIO y alberga los campamentos de refugiados saharauis de Tinduf.

El conflicto del Sáhara se convierte así en un componente de una rivalidad regional más amplia.

Para Argel, una solución que consolide definitivamente la soberanía marroquí sin una expresión aceptada de la voluntad saharaui supondría una alteración del equilibrio regional.

Para Rabat, la autonomía constituye la alternativa que permitiría cerrar el conflicto sin aceptar la independencia del territorio.

Y para Washington, una solución negociada que favorezca a Marruecos puede reforzar una relación estratégica importante en el norte de África.

La consecuencia es que el Sáhara no constituye un problema aislado: forma parte de la arquitectura de seguridad del Magreb.

E. España: el país que abandonó el territorio, pero no puede desentenderse de su historia

Este apartado merece una reflexión particular porque España no es un observador cualquiera.

Fue la potencia colonial administradora del Sáhara Occidental y su retirada en 1976 no estuvo acompañada de una descolonización concluida mediante un procedimiento de autodeterminación.

España comunicó a Naciones Unidas el fin de su presencia en el territorio y su desvinculación de la administración temporal. Sin embargo, esa declaración no eliminó la cuestión internacional pendiente.

1. El giro diplomático español

En marzo de 2022, el Gobierno de Pedro Sánchez manifestó su respaldo al plan de autonomía marroquí como la base más seria, realista y creíble para resolver el conflicto.

Este cambio tuvo consecuencias diplomáticas importantes:

Mejoró la relación bilateral con Marruecos.

Provocó una crisis diplomática con Argelia.

Introdujo una modificación significativa en la tradicional posición española sobre el conflicto.

Reforzó la dimensión bilateral de una cuestión que continúa sometida al marco internacional de Naciones Unidas.

La cuestión no es si España debe mantener buenas relaciones con Marruecos. Evidentemente, sus intereses comerciales, migratorios, energéticos y de seguridad hacen imprescindible una relación estable.

La cuestión es otra: ¿puede España defender sus intereses estratégicos sin renunciar a una posición jurídicamente coherente respecto a la descolonización y la autodeterminación?

A mi juicio, esta es la contradicción que la política exterior española necesita abordar con mayor claridad.

2. La posición española tiene consecuencias que van más allá del Sáhara

El conflicto afecta a una arquitectura regional en la que España tiene intereses directos:

Canarias y el Atlántico. La estabilidad marítima, las delimitaciones y la explotación de recursos naturales tienen repercusiones sobre los intereses españoles.

Marruecos. La cooperación en seguridad, migración, comercio y lucha contra el terrorismo constituye un elemento fundamental de la política exterior española.

Argelia. Las relaciones energéticas y la estabilidad del Mediterráneo occidental hacen que el deterioro de la relación con Argel tenga consecuencias que no pueden reducirse al conflicto saharaui.

Unión Europea. Las relaciones comerciales y los acuerdos pesqueros y agrícolas con Marruecos también están condicionados por la situación jurídica del territorio.

Existe, además, una referencia jurídica especialmente importante: el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en sus sentencias de 4 de octubre de 2024, reafirmó que el Sáhara Occidental posee un estatuto separado y distinto del Reino de Marruecos a efectos del derecho de autodeterminación y del ámbito territorial de los acuerdos examinados. También abordó la necesidad de contar con el consentimiento del pueblo del territorio para que determinados acuerdos internacionales pudieran aplicársele.

Esta jurisprudencia demuestra que el conflicto no puede darse por cerrado mediante una declaración diplomática o un cambio de denominación administrativa.

España debe comprender que sus decisiones sobre el Sáhara no son exclusivamente bilaterales: afectan a su credibilidad dentro de la Unión Europea y al marco jurídico internacional.

F. La dimensión humana: el pueblo saharaui no puede desaparecer detrás de los intereses de los Estados

Hay un aspecto que suele quedar relegado cuando los grandes titulares se concentran en los vetos, los monarcas y las cancillerías: la población saharaui.

El conflicto no es únicamente una controversia territorial. Es también una cuestión de identidad colectiva, memoria histórica, desplazamiento y derechos políticos.

Durante décadas, generaciones de saharauis han vivido separadas de su territorio de origen. Una parte importante reside en los campamentos de refugiados de Tinduf, en Argelia.

Para estas personas, el debate sobre autonomía o independencia no es una discusión abstracta de diplomáticos. Se refiere a quién decide su futuro, quién representa sus intereses y bajo qué condiciones pueden ejercer sus derechos colectivos.

El planteamiento merece una reflexión:

¿Puede considerarse verdaderamente resuelto un conflicto de descolonización si el futuro político de la población afectada se negocia sin que esta disponga de una capacidad efectiva para determinarlo?

No basta con que Marruecos presente una propuesta de autonomía. Tampoco basta con que el Frente POLISARIO reclame la independencia. Una solución estable requiere un procedimiento político creíble, participación representativa y garantías verificables.

La organización humanitaria Oxfam advirtió el 30 de octubre de 2026 de que la falta de renovación de la MINURSO puede debilitar sus funciones de vigilancia y desescalada, con riesgos para la seguridad de la población civil y la estabilidad regional. También reclamó que la asistencia a los refugiados no quede subordinada al enfrentamiento político.

Es importante distinguir entre la posición de las organizaciones humanitarias y una conclusión jurídica: Oxfam expresa una preocupación sobre las consecuencias de la crisis; no determina por sí misma el estatuto internacional del territorio.

El error de reducir el conflicto a una pugna entre Marruecos y Argelia

Esta simplificación resulta especialmente perjudicial.

El pueblo saharaui no es una mera prolongación diplomática de Argelia. Tiene una identidad histórica, cultural y política propia.

Del mismo modo, la población que vive en las zonas administradas por Marruecos no puede ser ignorada en cualquier negociación sobre el futuro del territorio.

Una solución que no contemple las distintas realidades humanas corre el riesgo de sustituir un conflicto territorial por una fractura social prolongada.

G. El verdadero significado de los dos vetos: Naciones Unidas ante una crisis de legitimidad

Para comprender el acontecimiento del 30 de octubre hay que detenerse en un aspecto institucional.

El Consejo de Seguridad está compuesto por quince miembros. Cinco son permanentes y poseen derecho de veto.

El artículo 27 de la Carta de Naciones Unidas establece que las decisiones sustantivas requieren nueve votos afirmativos y que no exista un voto negativo de cualquiera de los miembros permanentes.

En este caso se produjo una situación especialmente significativa.

Propuesta

Promotor

Contenido esencial

Resultado

Primera

Estados Unidos

Renovación con cambios sustanciales y centralidad del plan marroquí

Veto ruso

Segunda

Rusia

Renovación técnica sin modificar el mandato

3 votos favorables, 1 contrario y 11 abstenciones

 

No se trata de dos resoluciones equivalentes.

Estados Unidos intentaba modificar la arquitectura de la misión. Rusia pretendía conservarla. Ambos defendían planteamientos incompatibles y ambos impidieron que prosperase la iniciativa rival.

1. El debilitamiento del multilateralismo

El problema trasciende el Sáhara.

Cuando los miembros permanentes utilizan su capacidad de veto para bloquear propuestas enfrentadas, el Consejo puede quedar incapacitado para producir acuerdos, incluso en asuntos donde existe una necesidad evidente de mantener mecanismos de prevención de conflictos.

La consecuencia es una paradoja institucional:

Naciones Unidas conserva la legitimidad internacional para intervenir en la búsqueda de soluciones, pero sus principales órganos pueden quedar paralizados por los intereses contrapuestos de las grandes potencias.

La crisis saharaui ilustra precisamente esa contradicción.

2. La pérdida del referéndum como referencia política

Hay un detalle del artículo que considero particularmente revelador: la propuesta estadounidense pretendía eliminar la letra «R» de MINURSO, sustituyendo la denominación por MINUSO.

Podría parecer un cambio terminológico menor. No lo es.

El nombre de una misión internacional expresa, al menos parcialmente, su finalidad institucional.

La denominación MINURSO contiene una referencia explícita al referéndum. Su sustitución supondría una transformación simbólica y funcional de la misión.

No significa necesariamente que el derecho de autodeterminación desaparezca: este tiene una dimensión jurídica que no depende exclusivamente del nombre de una operación de paz.

Pero sí evidencia un cambio de orientación política.

El debate deja de centrarse en cómo organizar un referéndum y pasa a concentrarse en cómo negociar una solución política bajo el marco de la autonomía marroquí.

La pregunta es si esa transformación puede producir una solución aceptada por todas las partes o si, por el contrario, termina reduciendo el espacio para una negociación verdaderamente inclusiva.

H. Prospectiva geopolítica: cuatro escenarios para los próximos años

La prospectiva no consiste en adivinar el futuro, sino en identificar tendencias, factores condicionantes y consecuencias posibles.

A partir de los acontecimientos del 30 de octubre de 2026, pueden establecerse cuatro escenarios.

Escenario 1. Reaparición de una negociación bajo nuevas condiciones

Escenario de desescalada institucional

Estados Unidos y Rusia podrían alcanzar un compromiso que permita restablecer determinadas funciones de la MINURSO, aunque con una configuración distinta.

En ese supuesto:

·      Marruecos mantendría su propuesta de autonomía como eje negociador.

·      El Frente POLISARIO exigiría garantías sobre el ejercicio de la autodeterminación.

·      Argelia reclamaría que se preserve el principio de negociación entre las partes.

·      Naciones Unidas recuperaría capacidad de mediación.

Este escenario exigiría que las partes aceptasen fórmulas de compromiso y que las grandes potencias renunciasen a imponer íntegramente sus respectivas propuestas.

Escenario 2. Consolidación progresiva de la posición marroquí

Escenario de transformación política

Marruecos podría aprovechar el debilitamiento institucional de la misión para reforzar su control efectivo y promover el reconocimiento de su propuesta de autonomía.

En esta hipótesis, el territorio experimentaría una mayor integración administrativa y económica con el Reino.

Sin embargo, el reconocimiento por parte de algunos Estados no equivaldría automáticamente a una solución internacionalmente aceptada.

El riesgo sería consolidar una situación territorial sin resolver plenamente la controversia sobre la autodeterminación.

Escenario 3. Intensificación de la rivalidad entre Marruecos y Argelia

Escenario de deterioro regional

La desaparición de los mecanismos de observación y desescalada podría aumentar la incertidumbre.

Los factores de riesgo serían:

·      Mayor tensión diplomática.

·      Incremento de las medidas de seguridad en la región.

·      Dificultades para restablecer canales de comunicación.

·      Posibles episodios de hostilidad entre las fuerzas vinculadas al conflicto.

·      Mayor instrumentalización internacional de la cuestión saharaui.

Reuters informó de que las hostilidades de baja intensidad habían continuado desde 2020. La pérdida de los mecanismos de supervisión puede dificultar la prevención y verificación de nuevos incidentes.

Escenario 4. Reconfiguración del papel de Naciones Unidas

Escenario de reforma institucional

Una cuarta posibilidad sería abandonar la estructura anterior y negociar un nuevo mecanismo internacional.

No necesariamente tendría que llamarse MINURSO ni conservar todas sus funciones.

Podría tratarse de una misión de observación, una estructura de supervisión del alto el fuego o un mecanismo de acompañamiento político.

Pero cualquier transformación debería responder a una cuestión fundamental: ¿qué garantías internacionales existirían para impedir que la ausencia de una misión de paz se convierta en una ventaja unilateral sobre el terreno?

Esta pregunta será determinante para evaluar cualquier nuevo acuerdo.

Matriz de riesgos estratégicos

Factor

Riesgo si persiste el bloqueo

Seguridad regional

Deterioro de los mecanismos de desescalada

Diplomacia

Mayor polarización entre potencias

Autodeterminación

Pérdida de credibilidad del proceso político

Marruecos-Argelia

Profundización de la rivalidad

España

Mayor complejidad diplomática y estratégica

Población saharaui

Prolongación de la incertidumbre política y humanitaria

Naciones Unidas

Pérdida de capacidad operativa y de mediación

 

I. Análisis crítico del artículo: lo que cuenta, lo que omite y lo que debería explicar

El documento constituye una buena noticia de actualidad, pero no proporciona por sí solo todos los elementos necesarios para comprender la crisis.

Su principal valor es recoger la secuencia temporal de los acontecimientos: veto ruso, reacción marroquí, bloqueo estadounidense de la propuesta alternativa y declaraciones de las partes.

Sin embargo, desde una perspectiva académica y geopolítica, presenta varias limitaciones.

1. Confunde parcialmente el desenlace institucional con la interpretación política

El titular anuncia el fin de la misión, pero el Consejo de Seguridad no aprobó una resolución que ordenase expresamente su disolución.

Lo que sucedió fue que no se consiguió renovar su mandato antes de su expiración.

La diferencia no es semántica: afecta a la interpretación jurídica de los acontecimientos y a las consecuencias institucionales.

2. Concede excesivo protagonismo a la interpretación marroquí

El artículo recoge ampliamente el comunicado del Palacio Real y la interpretación de Nabil Driouch.

Sin embargo, habría sido conveniente incorporar directamente:

·      La explicación oficial rusa del veto.

·      La posición del Gobierno estadounidense.

·      La respuesta del Frente POLISARIO.

·      La posición de Argelia.

·      La valoración de la Secretaría General de Naciones Unidas.

·      Las consecuencias humanitarias y de seguridad advertidas por organizaciones independientes.

El lector recibe así una interpretación relativamente concentrada en el enfoque marroquí.

3. No profundiza suficientemente en la dimensión jurídica

El artículo menciona la antigua colonia española, pero no desarrolla adecuadamente el dictamen del Tribunal Internacional de Justicia de 1975, la Resolución 690 de 1991 ni la situación del territorio en la lista de territorios no autónomos.

Sin estos antecedentes, resulta difícil comprender por qué el conflicto sigue teniendo una dimensión internacional.

4. Apenas analiza las consecuencias para España

Este es uno de sus vacíos más importantes.

España no debería aparecer únicamente como antigua potencia colonial. Debe analizarse su posición actual frente a Marruecos, Argelia, la Unión Europea y el principio de autodeterminación.

El conflicto tiene implicaciones para la seguridad del Atlántico, Canarias, las relaciones energéticas y la política exterior europea.

5. No distingue suficientemente entre victoria diplomática y solución política

El veto ruso puede haber frustrado la iniciativa estadounidense, pero no supone automáticamente una victoria del Frente POLISARIO.

Del mismo modo, la falta de renovación de la MINURSO puede favorecer determinados objetivos políticos marroquíes, pero no constituye por sí misma un reconocimiento internacional de soberanía.

Esta es una de las principales conclusiones que debe extraerse del acontecimiento.

J. ¿Qué debería hacer España y qué debería exigir la comunidad internacional?

Desde una perspectiva de política exterior, existen cinco líneas de actuación que merecen consideración.

Primera. Recuperar la coherencia jurídica.

España debería mantener una posición diplomática compatible con el principio de autodeterminación y con las obligaciones internacionales aplicables a los territorios no autónomos, sin que ello implique renunciar a sus relaciones estratégicas con Marruecos.

Segunda. Promover un mecanismo internacional de supervisión.

La ausencia de renovación de la MINURSO no debería traducirse en la desaparición de todas las funciones de observación y desescalada. Es necesario explorar una fórmula aceptable para los actores implicados.

Tercera. Evitar que la rivalidad entre potencias determine por sí sola el futuro del territorio.

El Sáhara no debería convertirse en una pieza más del enfrentamiento entre Washington y Moscú.

Cuarta. Incorporar efectivamente a la población saharaui.

Ninguna solución duradera puede construirse exclusivamente mediante acuerdos entre Estados si no contempla los derechos e intereses de la población titular del derecho de autodeterminación.

Quinta. Vincular cualquier solución económica al respeto de los derechos de la población.

La explotación de recursos naturales, la pesca, los acuerdos comerciales y las inversiones deben examinarse teniendo en cuenta la situación jurídica del territorio y los derechos de su población.

La jurisprudencia europea de 2024 constituye una referencia particularmente relevante para esta última cuestión.

K. Conclusión: los territorios no se convierten en legítimos por el silencio de Naciones Unidas

El acontecimiento del 30 de octubre de 2026 merece una atención que supera ampliamente el titular periodístico.

Durante 35 años, la MINURSO ha representado el intento de mantener abierto un procedimiento internacional de solución para el Sáhara Occidental. Su fracaso no puede explicarse únicamente por la incapacidad administrativa de Naciones Unidas, sino también por la incompatibilidad de los objetivos políticos de las partes y por la intervención de potencias con intereses estratégicos contrapuestos.

Marruecos pretende cerrar un expediente que considera históricamente resuelto a su favor. Estados Unidos ha impulsado una fórmula que favorece esa aspiración. Rusia ha impedido que dicha fórmula se convierta en el nuevo marco institucional, aunque tampoco ha conseguido imponer su alternativa. Argelia continúa siendo un actor determinante y el Frente POLISARIO mantiene su reivindicación de autodeterminación.

Mientras tanto, la población saharaui sigue esperando una solución política.

Pero existe una cuestión que debería preocupar especialmente a Europa: si el sistema internacional permite que los intereses estratégicos de las grandes potencias prevalezcan sistemáticamente sobre los procedimientos de descolonización, ¿qué credibilidad conserva el derecho internacional cuando entra en conflicto con los intereses de los Estados más poderosos?

No estamos hablando de una cuestión exclusivamente africana. Estamos hablando del funcionamiento del orden internacional.

El Sáhara Occidental constituye un ejemplo de la distancia que puede existir entre el derecho, la diplomacia y el poder efectivo. Esa distancia se hace particularmente peligrosa cuando las instituciones encargadas de resolver un conflicto pierden capacidad para actuar y las partes interpretan su parálisis como una oportunidad para imponer sus respectivas posiciones.

Hay una enseñanza histórica que conviene recordar: una situación de control territorial puede prolongarse durante décadas sin convertirse automáticamente en una solución jurídica aceptada. Y una misión internacional puede desaparecer sin que desaparezcan las razones que justificaron su creación.

Por eso, el verdadero interrogante no es si Marruecos ha conseguido cerrar una página de 35 años.

Es si la comunidad internacional está dispuesta a abrir otra página en la que los derechos de la población saharaui no vuelvan a quedar subordinados a los intereses geopolíticos de terceros.

Porque cuando Naciones Unidas deja de ser capaz de garantizar un procedimiento de solución, el vacío no lo ocupa necesariamente la paz. Con frecuencia, lo ocupa el poder.

Y el poder, cuando no encuentra límites institucionales, puede imponer realidades sobre el terreno, pero no garantiza que esas realidades sean reconocidas como legítimas por quienes deben vivir bajo ellas.

L. Referencias documentales y fuentes de contraste

He utilizado el documento que has adjuntado como fuente periodística principal y he contrastado sus afirmaciones con documentación institucional y fuentes internacionales de actualidad.

Fuente

Aportación al análisis

Security Council Report, 30 octubre 2026

Contenido y negociación de los dos proyectos de resolución.

Representación rusa ante Naciones Unidas

Explicación oficial del veto ruso.

Reuters, 30 octubre 2026

Resultado de las votaciones y consecuencias inmediatas.

EFE, 30 octubre 2026

Contraste periodístico en español.

Resolución 2797 (2025)

Mandato de la MINURSO y marco de negociación.

Resolución 690 (1991)

Creación de la MINURSO.

Tribunal Internacional de Justicia, Sáhara Occidental (1975)

Fundamentos jurídicos de la autodeterminación.

Naciones Unidas: descolonización del Sáhara Occidental

Estatuto internacional del territorio.

Tribunal de Justicia de la Unión Europea, 2024

Estatuto separado del territorio y consentimiento en los acuerdos internacionales.

Oxfam, 30 octubre 2026

Consecuencias humanitarias y riesgos derivados de la falta de renovación.

Nota temporal: el análisis se cierra con la información disponible a 31 de octubre de 2026. Los cuatro escenarios prospectivos son hipótesis condicionadas, no predicciones ni probabilidades estadísticas.


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