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martes, 30 de septiembre de 2025

Teología frente a Ideología en la era del “Delito de odio”.... El Nudo.

 


Teología frente a Ideología en la era del “Delito de odio”

La civilización occidental, edificada sobre los cimientos del pensamiento grecolatino y la revelación judeocristiana, atraviesa en la actualidad un proceso de mutación cultural en el que los valores de referencia ya no son el Logos ni la verdad objetiva, sino la hegemonía de un relativismo militante. El caso del sacerdote Custodio Ballester, llevado a juicio en Málaga acusado de un presunto “delito de odio” por sus declaraciones sobre el islam, se erige como paradigma de este conflicto entre teología y la ideología de una sociedad civil “woke”. El problema no reside tanto en la literalidad de sus palabras, cuanto en el uso selectivo de la categoría penal como arma de censura.

El “delito de odio” como categoría ideológica

El Derecho penal, en su raíz clásica, debe proteger bienes jurídicos objetivos: la vida, la integridad, la libertad. Sin embargo, el “delito de odio” se caracteriza por su elasticidad conceptual: lo que en principio pretende tutelar a las minorías de agresiones violentas, en la práctica ha devenido en herramienta de restricción del discurso. No se castiga ya el acto violento, sino la opinión contraria al dogma cultural dominante. Tal como denunciaba el propio Ballester, este tipo penal opera “en una sola dirección”: se aplica contra el discurso cristiano-crítico, mientras ignora blasfemias o injurias dirigidas a lo católico.

En este sentido, el “delito de odio” se ha vaciado de neutralidad jurídica y ha adquirido la naturaleza de un dogma secular, paralelo a los antiguos delitos de herejía. El inquisidor ya no viste sotana, sino toga fiscal.

Teología frente a ideología: una confrontación esencial

La teología, en cuanto discurso sobre Dios desde la razón iluminada por la fe, exige libertad para discernir los signos de los tiempos. Sin embargo, cuando un Estado poscristiano intenta imponer un relato ideológico sobre el religioso, se repite el patrón denunciado por Cristo: “Os entregarán a los tribunales para dar testimonio” (cf. Mt 10,17).

La llamada cultura “woke” absolutiza un principio de no-ofensa que se convierte en idolatría. No se permite criticar las sombras de religiones no cristianas, pero sí se tolera –cuando no se fomenta– la burla hacia la fe católica. Este doble rasero no es accidental: responde a la lógica del poder. En una sociedad que ha sustituido la verdad por la sensibilidad subjetiva, la libertad teológica aparece como subversiva, pues recuerda la primacía del Absoluto frente al consenso humano.

Perspectiva canónica y eclesial

Desde el punto de vista del derecho canónico, el deber del presbítero es anunciar íntegramente el Evangelio (munus docendi), incluso si ello provoca rechazo social. Callar por temor a represalias jurídicas supondría claudicar ante un poder temporal que pretende redefinir los límites del kerigma. En este contexto, el martirio incruento del descrédito, la judicialización y la amenaza de prisión se configura como la nueva forma de persecución contra la Iglesia en Occidente.

Conclusión: hacia una crítica profética

El caso Ballester no debe analizarse únicamente como un proceso individual, sino como un síntoma del choque entre dos cosmovisiones:

·      Una teológica, que afirma la objetividad de la verdad revelada, la legitimidad de la crítica racional y la libertad de conciencia.

·      Una ideológica, que busca uniformidad bajo la etiqueta del respeto aparente, pero que termina siendo una tiranía del relativismo.

El “delito de odio”, aplicado de manera asimétrica, se convierte en la negación del derecho natural a la verdad. La Iglesia, consciente de su misión, no debe replegarse, sino ejercer su voz profética frente a un poder que, bajo la máscara de la tolerancia, persigue callar toda disidencia. Tal vez sea oportuno recordar las palabras de Tertuliano: “Veritas non erubescit nisi sola” (la verdad sólo se avergüenza de estar oculta).


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